CARACTERÍSTICAS DE LA COBERTURA DE ACCIDENTES
En caso de accidente, para acceder a la asistencia médica garantizada en la Póliza se debe acudir a un Centro Médico o facultativo CONCERTADO por REALE SEGUROS GENERALES S.A., siendo requisito imprescindible la CUMPLIMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES.
PÓLIZA DEL SEGURO
Póliza Seguro
CIRCULAR
Circular 17/2017 Contrato de Seguro
NORMAS Y PARTES
Teléfono REALE para la tramitación accidentes 902 87 66 27
¿QUÉ SE ENTIENDE POR ACCIDENTE?
Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, sobrevenida por el hecho u ocasión de la práctica deportiva.
También tendrán la consideración de accidente los infartos de miocardio y las anginas de pecho sufridos por los asegurados, siempre que éstos se produzcan en el campo de juego durante la práctica deportiva o, subsiguientemente a ésta, en las instalaciones del club o recinto deportivo.
TRAMITACIÓN DEL PARTE DE ACCIDENTE:
En los casos de URGENCIA VITAL el federado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. REALE SEGUROS GENERALES se hará cargo de los gastos derivados de las asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente.
Una vez superada la primera asistencia de urgencia el federado deberá ser trasladado a un Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento.
En caso de permanencia en Centro Médico NO CONCERTADO, REALE SEGUROS GENERALES no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.
La asistencia médica garantizada en la Póliza será prestada por el Centro Médico o facultativo concertado por REALE SEGUROS GENERALES, pero para acceder a ella es IMPRESCINDIBLE seguir los siguientes pasos:
1.- Comunicación a REALE. Llamar al Centro de Atención Telefónica 902-876627 inmediatamente después de la ocurrencia del accidente.
En el extranjero, el federado debe informar de la ocurrencia del hecho por fax al 00+34 902012491.
En la comunicación telefónica debe facilitarse: el número de póliza, los datos personales del federado incluido el número de licencia; los del Club donde ocurrió; la fecha y forma de ocurrencia; y los daños físicos.
Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención Telefónica 902 87 66 27 informará al federado del Centro Médico concertado al que debe acudir.
2.- Cumplimentación del ‘PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES’. Que deberá ser firmado y sellado por el campo o instalación deportiva federada donde haya tenido lugar el accidente.
El original del parte deberá ser aportado por federado al acudir al Centro Médico concertado facilitado por el Centro de Atención Telefónica.
3.- Envío del parte por fax. Al número de fax 91-635 62 94.
TRAMITACIÓN DEL PARTE DE DAÑOS causados por el federado (a un tercero o a sus bienes):
PASOS:
1.- Comunicación a REALE. Llamar al Centro de Atención Telefónica 902-876627 inmediatamente después de la ocurrencia del daño.
En el extranjero, el federado debe informar de la ocurrencia del hecho por fax al 00+34 902012491.
En la comunicación telefónica debe facilitarse: el número de póliza, los datos personales del federado incluido el número de licencia; los datos personales del tercero dañado en sus bienes o en su persona; los del Club donde ocurrió; la fecha y forma de ocurrencia; y los daños producidos.
2.- Cumplimentación del ‘PARTE DE COMUNICACIÓN DE DAÑOS’. Que deberá ser firmado y sellado por el campo o instalación deportiva federada donde haya tenido lugar el accidente.
3.- Envío del parte por fax. Al número de fax 91-635 62 94.
En los casos de URGENCIA VITAL el dañado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. REALE SEGUROS GENERALES se hará cargo de los gastos derivados de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente.
Una vez superada la primera asistencia de urgencia el dañado deberá ser trasladado a un Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento.
En caso de permanencia en Centro Médico NO CONCERTADO, REALE SEGUROS GENERALES no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.
EN EL EXTRANJERO:
Los federados que viajan al extranjero están cubiertos por el seguro de la licencia de golf durante la práctica deportiva pero con limitaciones económicas, que van hasta 6.015€ para los accidentes que puedan sufrir, y hasta 150.255€ para los daños causados a terceros (en España no hay limitación para la asistencia sanitaria de accidentes, y para la Responsabilidad Civil el límite cuantitativo es el mismo que para el extranjero).
RIESGOS NO ASEGURADOS:
Se conviene expresamente que se excluya de las coberturas del seguro el pago de indemnizaciones derivadas de daños:
a) Producidos por causa imputable a la dirección del centro Deportivo en que se encuentre jugando el Asegurado, tales como los causados por las instalaciones (edificios, mobiliario, aparatos gimnásticos y similares) o por haber servidos productos alimenticios en malas condiciones.
b) Producidos por acciones u omisiones del Asegurados en su vida privada, o desempeñando actividades distintas a la deportiva que es objeto de cobertura de esta póliza.
C) Causados por el uso de vehículos a motor incluidos los coches de golf (buggies).